martes, 5 de noviembre de 2013

CIRCULAR 5.1: PRESERVAR EL BUEN AMBIENTE DEPORTIVO

Debido a los continuos hechos ocurridos semanalmente, la Organización de la Liga Local de Fútbol Sala de Villamartín, aprueba la publicación de la siguiente circular por la que:

1.- Se amonestará a cualquier jugador que no respete mínimo dos (2) metros de distancia entre el balón y la colocación de la barrera y que impida de forma fehaciente la puesta rápida en juego del balón.

2.- Una vez se ha amonestado a un jugador por no respetar la distancia mínima, ya no se podrá poner el balón en movimiento hasta que el árbitro lo autorice. Por lo que una vez que se amoneste a un jugador, ya no se podrá sacar rápido.

3.- Los jugadores que busquen la puesta rápida en juego del balón, tienen que hacerlo para jugar con un compañero o con el disparo a portería.

4.- Si el jugador que saca la falta, lo hace directamente sobre el adversario, sin intención de jugar ni disparar a portería, sino con la intención de que el árbitro amoneste al jugador del equipo contrario, el árbitro deberá amonestar al jugador que saca la falta, por ACTITUD ANTIDEPORTIVA. Naturalmente, esa tarjeta no influye en el lanzamiento de la falta que seguirá siendo para el equipo que le correspondiese pero si contará como Falta Acumulativa para el equipo del jugador que saca la falta.


En Villamartín a 5 de Noviembre de 2013



Organización LLFSV                                                              Delegación de Deportes
                                                                                                                  Ayto. de Villamartín

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