viernes, 28 de noviembre de 2014

RESOLUCIÓN EXPEDIENTE Nº 1

EXPEDIENTE Nº 1
FONTANERÍA DOMINGO F.S. –PELUQUERÍA LIEBRE (4ª JORNADA LLFSV)(22/11/2014)

En Villamartín a 28 de Noviembre de 2014.

Visto por el Comité de Competición de la Liga Local de Fútbol Sala de Villamartín en su reunión celebrada el en día de la fecha el expediente Nº 1 por una presunta  alineación indebida al alinear el club “Peluquería Liebre” al jugador José María Sánchez Barea inscrito en acta arbitral del partido Fontanería Domingo F.S. vs Peluquería Liebre perteneciente a la 4ª Jornada de la LLFSV,  siendo a su vez, jugador federado en el Club U.D. Bornense  y ello en base a,
  
ANTECEDENTES DE HECHO

I
Se procedió a la apertura del expediente por parte de este Comité como consecuencia de la reclamación efectuada por el club Fontanería Domingo, cumpliendo los requisitos marcados en tiempo y forma, haciendo formal la reclamación con el pago de los 3€ y alegando en el mismo que en el encuentro disputado el pasado día 22 de Noviembre frente al club Peluquería Liebre, el jugador José María Sánchez Barea participó en el mismo, siendo jugador federado en el Club U.D. Bornense.
II
De la apertura del expediente se dio traslado a ambos clubes, para que por plazo de tres días realizaran alegaciones y presentasen pruebas, haciendo uso de su derecho.
III
En la tramitación del presente expediente se han observado las disposiciones reglamentarias en vigor de la Liga Local de Fútbol Sala de Villamartín.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I
Este Comité es competente para la resolución del presente expediente en base a lo establecido en las bases generales que rigen el campeonato.
II
Se procedió a la apertura del expediente por parte de este Comité tal como se recoge en el
Antecedente de Hecho primero por la reclamación efectuada por el club Fontanería Domingo, alegando en el mismo que en el encuentro disputado el pasado día 22 de Noviembre frente al club Peluquería Liebre, el jugador José María Sánchez Barea participó en el mismo, siendo jugador federado en el Club U.D. Bornense.

Pues bien por parte de este Comité a la vista de la alineación del jugador José María Sánchez Barea del equipo Peluquería Liebre se comprueba que efectivamente dicho jugador pertenece a la U.D. Bornense, equipo federado en la 4ª Andaluza Senior.  

Este comité recibe escrito  por parte del club Peluquería Liebre firmado por un directivo del club U.D. Bornense, dando una versión subjetiva, en la que indica que “el jugador ya ha comunicado al club U.D. Bornense, que no va a volver a jugar”, pero en la cual no indica fechas de esa comunicación.

A su vez éste comité recibe escrito del club Fontanería Domingo, dando una versión subjetiva en la que indica que “el jugador pertenece a la U.D. Bornense hasta el 24 de Noviembre, fecha en la que comunica al club que no va a volver a jugar”. Además aporta objetivamente, imagen del acta perteneciente a la Jornada 7 de 4ª Andaluza Senior, celebrado el 15-11-2014 a las 16:30 H, que enfrentó a los clubes C.D. Juventud de Torrecera vs U.D. Bornense y donde aparece el jugador José María Sánchez Barea, participó en dicho encuentro con el número 10, siendo la misma semana en la que se celebró la Jornada 3 de la LLFSV.

Este comité comprueba si dicha imagen es real, en la página de la Federación Andaluza de Fútbol, comprobando en primera persona que dicha imagen es real y no ha sufrido modificación alguna. Además éste comité comprueba en la página oficial de la federación andaluza que el jugador José María Sánchez Barea jugó con el numero 10 con el club U.D. Bornense en la Jornada 6 de 4ª Andaluza Senior, celebrado el 9-11-2014 a las 12:00 y que enfrentó a la U.D. Bornense vs C.D. Cadiz 1812 C.F, siendo la misma semana en la que se celebró la 2ª Jornada de la Liga Local de Fútbol Sala de Villamartín.

Por lo tanto se demuestra que el jugador José María Sánchez Barea cursó ficha a favor del club Peluquería Liebre de la Liga Local de Fútbol Sala de Villamartín, teniendo a su vez ficha federativa con el club U.D. Bornense, omitiendo de forma muy grave el punto 5º, recogido en el apartado “Notas” de las Bases que rigen la Liga Local de Fútbol Sala de Villamartín, que indica: “No podrán participar en la LLFSV ningún jugador federado, entendiéndose por jugadores federados los pertenecientes a la U.D.Villamartin y su cantera, además de cualquier otro equipo federado de otra localidad o fuera de ella que esté inscrito en cualquier federación o subdelegación. Quedando excluidos de ésta norma, los jugadores que pertenezcan a cualquier club de veteranos. Es obligación del delegado de equipo, el comprobar que ninguno de sus jugadores tienen ficha federativa. Si se demostrara que hay jugadores federados y por lo tanto que se incumple con ésta norma, tanto el jugador, como el equipo serían sancionados. En caso de que el jugador presentara Carta de Libertad o escrito del club federado comunicando su baja como jugador federado, podría participar en la competición una vez se abra el periodo de fichajes o altas nuevas y tenga debidamente cursada su ficha, en ningún caso podrá jugar la LLFSV sin cursar la ficha o una vez se haya cerrado los periodos de fichajes. El desconocimiento de ésta regla no exime de su cumplimiento.

También se demuestra mediante prueba videográfica, que el jugador José María Sánchez participó en el encuentro perteneciente a la Jornada 2 de la LLFSV que enfrentó a Peluquería Liebre vs Grúas Lozano F.S. Las pruebas videográficas demuestran que no estuvo presente en las Jornadas 1 y 3 de la Liga Local de Fútbol Sala de Villamartín.

   Por todo lo expuesto este Comité acuerda

FALLO:  

- Decretar alineación indebida en el encuentro celebrado el día 4 de Noviembre al
alinear en el encuentro al jugador DON JOSÉ MARÍA SANCHEZ BAREA, estando con ficha federativa a favor de otro club, dándole el partido por perdido al club Peluquería Liebre por 3-0, multa accesoria de 20 € por incumplir el punto 5ª del apartado “Notas” de las Bases que rigen el campeonato.

- Sancionar al club Peluquería Liebre con la pérdida del partido Peluquería Liebre vs Grúas Lozano de la Jornada 2 de la LLFSV, por 3-0 al demostrarse viodegraficamente que el jugador DON JOSÉ MARÍA SANCHEZ BAREA participó en dicho encuentro estando omitiendo el punto 5º del apartado “Notas” de las Bases que rigen el campeonato.

- Sancionar al jugador DON JOSÉ MARÍA SANCHEZ BAREA con expulsión del campeonato por cursar ficha en la Liga Local de Fútbol Sala de Villamartín teniendo en vigor ficha federativa con el club U.D. Bornense, ya que dicha ficha de la LLFSV fue cursada en el mes de octubre, quedando más que demostrado que el jugador pertenecía a la U.D. Bornense.

- Devolución de los 3€ al equipo Fontanería Domingo del pago de la reclamación ya que ha quedado demostrado que lleva razón en la reclamación.


Contra éste FALLO no cabe recurso.


Delegación de Deportes                                                       Comité Competición LLFSV




En Villamartín a 28-11-2014

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